En nuestro despacho celebramos una nueva sentencia favorable obtenida ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia, que reconoce la situación de incapacidad permanente total a una trabajadora del sector de la hostelería. Se trata de un caso que ilustra cómo determinadas condiciones médicas, aunque no imposibiliten toda actividad laboral, sí pueden limitar de forma sustancial el ejercicio de la profesión habitual.

Nuestra clienta, cocinera de profesión, solicitó el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta —o, en su defecto, total— debido a una combinación de dolencias médicas: hidrosadenitis supurativa de carácter crónico y trastorno de adaptación con sintomatología ansiosa. A pesar de que el tribunal no estimó la pretensión principal (la incapacidad absoluta), sí dio la razón a la solicitud subsidiaria, reconociendo que su estado de salud le impedía continuar desempeñando su trabajo habitual.

La sentencia destaca dos factores clave:

Estos elementos, valorados en conjunto, fueron considerados suficientes por el tribunal para declarar la incapacidad permanente total, lo que conlleva el derecho a percibir una pensión equivalente al 55% de la base reguladora.

Esta sentencia aún no es firme, pero supone un importante hito al valorar enfermedades incapacitantes no muy habituales

Este resultado es un reflejo del compromiso de nuestro equipo por acompañar con rigor y cercanía a quienes se enfrentan a procesos complejos de valoración médica y legal.

Si te encuentras en una situación similar o necesitas orientación sobre procedimientos de incapacidad laboral, estaremos encantados de valorar tu caso de forma personalizada y sin compromiso.

Se puede ver la sentencia la completo en el siguiente enlace:

Sentencia IPT